¿Cómo hacer una transferencia de un vehículo a otra persona?

como hacer una transferencia de vehículo

El proceso de transferencia de un vehículo es un trámite que se realiza ante la Dirección General de Tráfico y es, en gran parte, la culminación de una la compra-venta de un vehículo de segunda mano.

La transferencia la puede hacer tanto el comprador como el vendedor y es un proceso fácil si se cuenta con toda la documentación necesaria. El trámite se realiza en el día, lo que significa que tendrás el certificado de circulación tras haber presentado la documentación en la Oficina de Tráfico. La regulación de este procedimiento está en el Código SIA. 202346 de la DGT.

Para que puedas realizar el trámite de la forma más rápida y sencilla te damos las claves y pasos a seguir para la transferencia de un vehículo.

Documentación para hacer la transferencia de un vehículo

Los documentos necesarios para la transferencia de un coche o moto son los siguientes:

  • Contrato de compraventa. Toda transacción de compraventa debe ir acompañada de un contrato. Este es un registro de la compra y lo que justifica el cambio de titularidad. Tanto comprador como vendedor deben tener una copia de este documento. La DGT también estipula que el comprador debe quedarse con una fotocopia del DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del vendedor. 
  • Permiso de circulación. Este documento garantiza que el vehículo está matriculado. Además, te da la seguridad de que el vehículo no tiene  ninguna sanción y puede circular. Si no hubiese un permiso de circulación entonces tendrás que comunicarte con la Jefatura de Tráfico para resolver este problema.
  • Tarjeta inspección técnica del vehículo (ITV). La ITV es una revisión por la que pasa el vehículo y que confirma que posee las cualidades técnicas para circular. Al momento de hacer el cambio de titularidad el vehículo tiene que tener la ITV al día.
  • Pago de las tasas e impuestos de transmisiones en Hacienda. La transacción de compraventa está sujeta a un gravamen en la oficina de Hacienda española.

La presentación de la documentación puede ser tanto presencial como telemática. Sin embargo, los casos excepcionales están obligados a hacer el trámite a través del  Registro Electrónico Común de la AGE. La DGT estima como casos particulares:

  • Transferencias donde intervenga un compraventa o un comprador o vendedor con tutela.
  • Fallecimiento del titular y herencias.
  • Separación, divorcio o ruptura.
  • Donaciones de vehículos.
  • Vehículos históricos.
  • Vehículos con más de un titular (cotitulares). 
  • Adjudicación en una subasta de vehículos.

Ten en cuenta que los vehículos con embargo, precintos o limitación de reserva tienen trámites adicionales, así como los vehículos que cambian de titular por donación o fallecimiento y herencia.

¿Cómo solicitar el cambio de titularidad?

La DGT da un plazo de 30 días desde la firma del contrato al nuevo propietario para cambiar el titular. Antes de hacer la compra debes asegurarte que el vehículo está libre de cargas y contar con el alta administrativa. El comprador puede corroborar que el vehículo está libre de cargas y el estatus del vehículo solicitando un informe reducido a la DGT.

Para poder hacer el cambio de titularidad debes pedir cita previa a la oficina de la Jefatura de Tráfico que corresponda. Esto lo puede solicitar a través de la línea telefónica 060 o a través de la plataforma electrónica.

Otro requisito antes de realizar el cambio de titularidad es justificar el pago, exención o no sujeción del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP). Esto se realiza a través del modelo 620 o 621 que liquida la Comunidad Autónoma en el caso de particulares. Las empresas deberán presentar una factura. El modelo se puede solicitar de forma electrónica a la Comunidad Autónoma correspondiente y debe contar con el Código Electrónico de Transferencia (CET).

También se debe realizar el pago de las tasas correspondientes para la transferencia del vehículo. La tasa 1.5 aplica para los automóviles y tiene un costo de 55,15 euros. Si la transferencia es de un ciclomotor se utiliza la tasa 1.2 que tiene un valor de 27,57 euros. La tasa se puede abonar en la plataforma o en la oficina de la Jefatura de Tráfico.

Los vehículos procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla con destino a la Península y Baleares tienen que contar con el certificado de Aduanas para dar cuenta del cumplimiento de las obligaciones tributarias. Además se tiene que abonar la tasa 4.1 de 8,59 euros.

Si el trámite lo hiciese un tercero designado por el comprador o vendedor, entonces el representante debe estar anotado en el  Registro de apoderamientos. Para los trámites presenciales, el representante debe presentar el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

El día de la cita la DGT analiza la documentación y si todo está correcto te entrega en ese mismo momento el nuevo permiso de circulación.

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