¿Cómo se puede adelantar a los ciclistas?

adelantar a ciclistas

Tras el incremento de accidentes durante los adelantamientos o rebasamientos de ciclistas, la DGT (Dirección General de Tráfico) ha aprobado una nueva normativa en la que explica cómo adelantar a ciclistas en la carretera.

Si revisamos los datos de accidentes de ciclistas del año pasado, es decir, 2024, fallecieron 26 ciclistas en vías urbanas y 46 ciclistas en vías interurbanas, un total de 72 ciclistas muertos el año pasado en nuestras carreteras. Esta cifra está aumentando de forma progresiva y, por ello, desde la DGT, en el nuevo Reglamento General de Circulación se han modificado algunos aspectos de la circulación con bicicletas.

Este cambio ha sido bien recibido por asociaciones como la Mesa Española de la Bicicleta (agrupa otras asociaciones como la RFEC, CicloJuristas, la Asociación de Ciclistas Profesionales y AMBE). Desde la asociación han manifestado que estas reformas son necesarias, especialmente por los cambios en la movilidad sostenible y por el papel creciente de la bicicleta como medio de transporte activo.

Nueva normativa de la DGT par el adelantamiento ciclista

La nueva normativa está en vigor desde el 1 de julio de 2025. Es decir, ya está en marcha, pero hay que tener en cuenta que la implantación física de las nuevas señales se hará de forma progresiva; por ejemplo, las señales suprimidas deberán retirarse antes del 1 de julio de 2026.

A continuación, te contamos todas las leyes que aplican al adelantamiento de ciclistas, tanto las nuevas de este reglamento como las que ya teníamos.

Distancia mínima lateral

Al adelantar a un ciclista (o conjunto de ciclistas), se debe mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.

Esta medida se adoptó en 2020 con la entrada en vigor del Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre (BOE-A-2020-13969).

Si no se respeta esta distancia, hay nuevas sanciones: esta será de unos 200 euros y 4 puntos del carné (esta sanción se aplica desde el 1 de marzo de 2022).

Obligación de cambío de carril al adelantar

En caso de que en la vía haya más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril para el adelantamiento de un ciclista. Si solo hay un carril por sentido, se debe respetar la distancia mínima de 1,5 m, pero no es necesario cambiar completamente de carril.
Esta medida se adoptó igual que la anterior en 2020.

Nueva señal S-891

Con esta nueva señal se nos recuerda la obligación de dejar esos 1,5 metros cuando se adelante a ciclistas (o ciclomotores).

Nueva señal S-891

 Esta nueva señal se ha modificado con el BOE-A-2025-12199, de 20 de junio de 2025, con la modificación del Catálogo Oficial de Señales de Tráfico. Estas son todas las normas actuales a tener en cuenta en cuanto al adelantamiento de ciclistas, pero hay algunas normas pendientes de aprobar que se revisarán en los próximos meses acerca de los adelantamientos a ciclistas. Son las siguientes:

Nuevas posibles normas para adelantamiento de ciclistas en próximos meses

Reducción de velocidad al adelantar

Se ha planteado que, cuando un vehículo adelante a un ciclista, deberá reducir su velocidad respecto al límite permitido en esa vía en 20 km/h. Por ejemplo, en una vía con límite 90 km/h, adelantar a los ciclistas como máximo a 70 km/h.

Prohibición de adelantar cuando haya ciclistas circulando en sentido contrario

Otra de las normas pendientes de revisar es esta: si se ve que también hay ciclistas en sentido contrario, el vehículo no podrá adelantar, puesto que es mucho más difícil mantener la distancia de seguridad de 1,5 m.

Adelantar en línea continua

Otra de las propuestas es que, en vías con un solo carril por sentido, se permita invadir el carril contrario aun cuando la línea de separación sea continua, siempre que la maniobra no suponga peligro evidente.

Todas estas propuestas están en borrador, estudio o debate. Por ello, no están formalmente incorporadas al RGC vigente, ni tienen fecha definitiva de entrada en vigor. Ni tampoco sabemos seguro si se incorporarán.

¿Con la nueva normativa se puede adelantar a un ciclista en línea continua?

Sí que se puede adelantar a un ciclista, aunque haya línea continua, pero solo si se cumplen ciertas condiciones. El texto oficial incluido en el artículo 85 del Reglamento General de Circulación (RGC), modificado por el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, y publicado en el BOE-A-2003-23514, en vigor desde el 11 de noviembre de 2020, nos dice:

El conductor podrá invadir total o parcialmente la línea continua siempre que sea necesario para adelantar a ciclistas, ciclos o ciclomotores, cuando las condiciones de visibilidad y circulación lo permitan y sin poner en peligro ni entorpecer a otros usuarios.

Por lo tanto, sí se puede adelantar, pero cumpliendo con las condiciones de:

  • No vienen vehículos de frente (incluidos ciclistas).
  • Hay visibilidad.
  • Debe respetarse la distancia de 1,5 m.
  • Debe hacerse con precaución.
  • Nunca superar la velocidad máxima permitida.
  • Solo se permite en carreteras de un carril por sentido.

No deberíamos realizar la maniobra si pone en peligro al ciclista o a otro usuario, no hay visibilidad suficiente o si hay indicativos de que no se puede adelantar ningún vehículo.

Esperamos haberte ayudado a que conozcas la nueva normativa para adelantar a bicicletas. Nos sumamos a muchas otras empresas y pedimos a nuestros clientes y a todo el mundo que respeten las normas de circulación, especialmente a la hora de adelantar a los ciclistas que circulan por nuestras carreteras.

Desde Autorent seguimos potenciando la práctica del ciclismo ofreciendo la opción de nuestras furgonetas para rutas en bicicleta. Con ellas será mucho más sencillo su transporte para poder realizar estas rutas desde un punto de inicio diferente de tu hogar.

Facebook
Twitter
LinkedIn